miércoles, abril 17, 2013

REFLEXIONES DEL SETRAC


REFLEXIONES DEL SETRAC
SOBRE PARITARIAS SALARIALES
Frente al desarrollo de las paritarias en varios sectores de la economía, el Sector Trabajadores de
la Acción Católica (SETRAC), quiere compartir su reflexión respecto de aquellos principios propios
de la doctrina social que proponemos para iluminar el accionar de los distintos actores
involucrados en la negociación.
El valor del salario
El salario justo es el fruto legítimo del trabajo
1
y es el instrumento más importante para una justa
distribución de los ingresos. El trabajador tiene derecho a recibir una remuneración que le permita
fundar y mantener dignamente su familia y acceder a los bienes de la tierra. Su salario debe
guardar proporcionalidad con sus necesidades y las de su familia, permitirle cierto grado de ahorro
que le favorezca la adquisición de alguna forma de propiedad
2
y al mismo tiempo contemplar su
esfuerzo, su previa preparación y capacitación y su incidencia en el cumplimiento de los fines de la
empresa concreta en la cual trabaja.
La libertad de negociación
La libertad con que cuentan trabajadores y empleadores para acordar la cuantía del salario, en
ningún caso implica al trabajador la obligación de aceptar una situación de vulnerabilidad para él y
su familia
3
. El simple acuerdo entre el trabajador y el empleador acerca de la remuneración no es
suficiente para calificar de "justo” el salario acordado
4
. La justicia natural es superior a la libertad
del contrato. La fijación del salario no es función de uno sólo sino de varios factores, no siendo
posible aplicar una regla única a manera de tabla rasa para todos los ámbitos de la economía. Por
otra parte, la retribución del trabajo no se puede abandonar enteramente a la ley del mercado ni
fijarse arbitrariamente ni de forma unilateral. Por el contrario, al determinar el valor salarial se
debe mirar también su efectivo influjo en la producción y las condiciones económicas de la
empresa, la repercusión sobre el empleo total de las fuerzas laborales y las exigencias del bien
común nacional e internacional
5
.
La justicia social como medida en la determinación del salario
No puede regirse solamente por el principio de equivalencia del valor de los bienes que se
intercambian, sino que debe también incluir una mirada desde la justicia distributiva y la justicia
                                                         
1
S.S. Pio XI, Quadragesimo Anno, Cap. 4
2
S.S. Juan Pablo II, Laborem Exercens N° 19
3
S.S. León XIII, Rerum Novarum N° 32
4
S.S. León XIII, Rerum Novarum N° 11
5
S. S. Juan XXIII, Mater et Magistra N° 71 social
6
. En este sentido, resulta contrario a la justicia social disminuir o aumentar excesivamente
los salarios de los trabajadores, por la ambición de mayores ganancias y sin tener en cuenta el bien
común
7
. El salario debe fijarse de tal modo que haya trabajo para el mayor número y que puedan
percibir una remuneración suficiente para el sostenimiento de su vida. La exigencia de justicia en
la determinación del salario exige, además, atender a las mejoras en las condiciones de trabajo
(trabajadores que tardan 1 1/2 o mas horas sólo para llegar a su lugar de trabajo, viáticos no
contemplados en los convenios colectivos, condiciones insalubres, entre otras) y puede ser
cumplida de distintas maneras (participación en la propiedad de las empresas, reconocimiento al
trabajador de un titulo de crédito frente a las empresas en las que trabaja u otras formas de
participación en las ganancias, reconociendo la eficaz colaboración de capital y trabajo en la
generación de la riqueza)
8
La función del Estado en la negociación salarial
Es función del Estado intervenir en la regulación de salarios y condiciones de trabajo con el objeto
de compatibilizar dicho derecho con las exigencias del bien común
9
. El bien común nacional exige
dar ocupación al mayor número de trabajadores, mantener una adecuada proporción entre
salarios y precios y hacer accesibles bienes y servicios al mayor número de ciudadanos, eliminar o
contener los desequilibrios entre los distintos sectores de la economía, desarrollar una política
fiscal adecuada que favorezca la disminución del costo laboral evitando este sea soportado
injustamente por los trabajadores, realizar el equilibrio entre expansión económica  y desarrollo
de los servicios públicos esenciales, ajustar las estructuras productivas a los progresos de la ciencia
y la técnica y lograr que las mejoras en el tenor de vida de la generación presente sean tales que
preparen también un porvenir mejor a las generaciones futuras
10
.
Ponemos nuestra reflexión a los pies de nuestra Madre, la Virgen de Luján, patrona de la
Argentina y San José Obrero, patrono de los trabajadores, para que el Señor ilumine a quienes
tienen la responsabilidad de esta negociación salarial.
Buenos Aires, 12 de abril de 2013.
Sector Trabajadores de la Acción Católica Argentina
                                                         
6
S.S. Benedicto XVI, Caritas in veritate N° 35
7
S.S. Pio XI, Quadragesimo Anno N° 74
8
S.S. Juan XXIII, Mater et Magistra N° 75 y N° 77
9
S.S. Juan Pablo II, Centesimus Annus N° 7, 15
10
S.S. Juan XXIII, Mater et Magistra N° 79

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